lunes, 4 de mayo de 2020

Quiénes están obligados


La legislación establece que los obligados a expedir la Factura Electrónica son:
·       los responsables del Impuesto Sobre la Ventas - IVA;
·       los responsables del Impuesto Nacional al Consumo;
·       todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, los que ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera;
·   los comerciantes, importadores, o prestadores de servicios o en las ventas a consumidores finales;
·   los tipógrafos y litógrafos que no sean responsables del impuesto sobre las ventas;
·   y los inscritos en el Régimen Simple de Tributación.

viernes, 1 de mayo de 2020

7 razones para iniciar

1.     Ecológica (sin papel, sin impresiones)
2.     Más segura (autenticidad e integridad de la información)
3.     Obligatoria prácticamente para todos y accesible (PC e Internet)
4.     Más orden, mejor control, menos papeleo (sencillez)
5.     Entrega en línea (menor tiempo de distribución y cobro más ágil)
6.     Mayor competitividad (mejor servicio al cliente e imagen)
7.     Más económica que la factura de talonario (menor costo y mayor ganancia)