Experiencia de 10 años
Red nacional de distribuidores
Plataforma online gratuita
Conexión con principales software
Plataforma de recepción y almacenamiento gratuita
Almacenamiento en servidores físicos
Videos tutoriales y capacitación gratuitos
Factura Electrónica Colombia
miércoles, 15 de julio de 2020
jueves, 21 de mayo de 2020
A sus órdenes
FACTURATECH es una compañía de servicios de facturación en
Colombia que permite entregar una alternativa integral y económica
para solucionar la necesidad de micro, pequeñas y medianas
empresas de iniciar la facturación electrónica sin inversiones costosas en
software, sin adquirir aplicativos, sin pagar asesorías permanentes, ni incurrir
en costos de actualización u otros costos ocultos o frecuentes.
El servicio incluye:
·
Paquetes de emisión de facturas desde 25 documentos
al año. ($ 139.185)
(Incluye 300 documentos de recepción)
·
Plataforma online (segura, amigable, práctica)
·
Documentos: Facturas electrónicas de venta, notas
débito, notas crédito y facturas de contingencia.
·
Proveedor tecnológico autorizado DIAN: Cadena S.A.
·
Comprobantes fiscales: XML, PDF, CUFE, QR, firma
electrónica.
·
Plantillas de factura PDF
·
Posibilidad de tres leyendas en la factura.
·
Posibilidad de marca de agua.
·
Vigencia del paquete de facturas: 2 años.
·
Servidores: Silicon Valley (California) y espejo
Phoenix (Arizona).
·
Almacenamiento: 5 años en nube y 5 años en servidor
de respaldo
·
Experiencia: 10 años, No.1 en México.
·
Capacitación virtual sobre habilitación ante la DIAN,
estructura y esquema de la facturación electrónica, manejo de la plataforma y
elaboración de los documentos.
·
Soporte técnico: e-mail y telefónico
lunes, 11 de mayo de 2020
Beneficios tributarios
Tanto la Ley 2010 de Crecimiento
Económico, como el Decreto 358 del 5 de marzo de 2020, ratificaron a la factura
electrónica de venta como el documento por excelencia para la transparencia y
eficiencia en el recaudo de los impuestos en Colombia.
· Devoluciones automáticas de saldos a favor si
soporta el 85% de sus ingresos y gastos con Factura Electrónica.
· 3 días sin IVA. En esos 3 días usted puede
comprar y no pagar IVA si soporta la compra con Factura Electrónica.
· Deducciones fiscales en los planes de
educación para los empleados de su empresa (en caso de tener este tipo de
acuerdos).
· Deducción en la tasa de renta para las
empresas.
viernes, 8 de mayo de 2020
¡Muy importante!
“A
quien la legislación no lo obligue, el mercado le impondrá el uso de la factura
electrónica”.
NO
ESPERE A PERDER CLIENTES PORQUE AÚN NO LA HA IMPLEMENTADO.
jueves, 7 de mayo de 2020
Por resolución 42 de 2020
· De conformidad con esta resolución:
· El 15 de mayo de 2020 es la fecha de inicio de
registro y habilitación DIAN como facturador electrónico para todos los
obligados.
· La fecha de inicio de la facturación
electrónica para cada empresa está determinada por los dos últimos dígitos
(tres últimos dígitos en algunos casos) del código CIIU (casilla 46 del RUT)
según calendario DIAN masificación, por grupos.
· El primer grupo del calendario debe estar
facturando electrónicamente el 15 de junio de 2020 y el último grupo debe estar
facturando electrónicamente el 01 de noviembre de 2020.
· Se reitera lo expuesto dentro de la Ley 2010 y
Decreto 358. (página 1)
· Se detalla el manejo de la Facturación
generada por máquinas registradoras con Sistema POS. (página 3 y 53)
· Se comienza a hacer mención de la Nómina
Electrónica y reportes electrónicos para contabilidad. (página 3)
· Se retoma plan de transición a 3 años para
admisión de soporte de impuestos descontables, costos y deducciones en el
impuesto sobre la renta a través de los métodos disponibles. (página 3)
· Se especifica el manejo de la Facturación
Electrónica para las empresas de transporte. (página 34, grupo 7)
· Se detallan requisitos de la Factura
Electrónica de venta. (página 18)
· Se detalla el manejo para Documentos
Equivalentes. (página 15, 31, 53, 55)
· Se hace alusión a la “Factura Electrónica de
Venta – Titulo Valor”, RADIAN. (página 71)
martes, 5 de mayo de 2020
Por decreto 358 de 2020
· Se redujo la cantidad de documentos
equivalentes a la factura de venta.
· A más tardar el 30 de junio de 2021, el
denominado documento equivalente deberá emitirse de manera electrónica.
· La norma establece el cierre del
establecimiento de comercio como sanción para quienes teniendo la
obligación no facturen.
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